
El Legislador Miguel Nicolas ingresó al Poder Legislativo Provincial un nuevo proyecto de Ley que propone la derogación del Título IX de la ley Provincial de Tránsito Nº 8560, Texto Ordenado 2004, por el cual se establece todo el sistema de sanción con el cobro de multas basado en dinero.
La nueva propuesta que apunta al verdadero rol de la Policía Caminera que es el de educar, corregir y sancionar sin ningún tipo de persecución recaudatoria, propone un régimen que establezca el apercibimiento para la falta leve, el ingreso a un sistema de evaluación vial obligatorio para las faltas graves y la inhabilitación de hasta dos años de la licencia de conducir para las faltas muy graves.
Bajo estos lineamientos faculta a la Comisión Provincial de Tránsito y Seguridad Vial el diseño de un nuevo sistema de sanciones para los infractores que no contemple el pago pecuniario, como así también, las penalidades correspondientes a las reincidencias y rebeldías de manera gradual, bajo el mismo criterio.
La nueva modalidad de sanciones, no implica el cobro de multas, sino más bien, tiene un fin de prevención, de educación y formación vial para los infractores, basado en un todo, de acuerdo a la Ley Nacional de Tránsito, como así también, a la Ley Provincial de Tránsito de la Provincia de Córdoba.

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Art. 1º: Derògase el TITULO IX RÉGIMEN DE SANCIONES de la Ley Provincial de Tránsito Nº 8560, Texto Ordenado 2004.
Art 2ºEncomiéndese por el Término de ciento ochenta días (180) a la Comisión Provincial de Transito y Seguridad Vial el diseño de un nuevo sistema de sanciones para los infractores que no contemple el pago pecuniario.
Art. 3º: El nuevo régimen de sanciones deberá implementar el siguiente esquema de infracción:
1) Falta leve: Apercibimiento.
2) Falta grave; Concurrencia a cursos especiales de educación y capacitación publica, para el correcto uso de la vía pública, de carácter obligatorio, en un todo de acuerdo a la metodología prevista por el Inc. “d” del Art. 83 de la ley Nacional de Tránsito Nº 24449
3) Falta muy grave: la inhabilitación de la Licencia de Conducir por el término de dos (2) años.
Art. 4º: La Comisión Provincial elevará una propuesta, cumplido el Plazo establecido en el artículo precedente, del nuevo sistema sancionatorio para infractores a la Legislatura Provincial, para su tratamiento y posterior modificación e incorporación a la Ley Provincial De Tránsito, el cual utilizará como norma supletoria la parte general establecida en el Código Penal.
Art. 5º: El nuevo sistema de sanciones para los infractores deberá establecer el régimen de reincidencias, rebeldías y de agravantes en cada causa, para elevar las sanciones de manera gradual, pero que en ningún caso implique la sanción monetaria de las mismas.
Art. 6º: De Forma.
FUNDAMENTOS
Sra. Pta. :
Los innumerables escándalos y denuncias por parte de cordobesesque fueron multados por la Policía Caminera de la Provincia de Córdoba en situaciones irregulares, sumado a las irregularidades en el cobro de las mismas, manifiestan que la implementación del nuevo sistema de Policía Caminera solo tiene un objetivo recaudador y no de seguridad para todos los cordobeses.
Multas inventadas o dibujadas, persecución y coacción por parte de los oficiales a los automovilistas, exigencias de multas por turno y por móvil son algunas de las otras irregularidades, que fueron denunciadas penalmente en diferentes situaciones.
Evidentemente el fin recaudador desvirtúa el fin supremo que tiene la Ley, como es, el de garantizar la vida de todos los cordobeses y proporcionar seguridad vial a los conductores en todo el territorio provincial.
La finalización del contrato con la empresa recaudadora es la mejor oportunidad para aplicar un nuevo sistema de sanciones, que no implique el cobro pecuniario de las infracciones, a los efectos de no viciar el sistema de control de seguridad vial en la provincia, implementado por la Policía Caminera de Córdoba.
El presente proyecto faculta a la Comisión Provincial de Tránsito para diseñar un nuevo sistema sin multas pecuniarias y elevar a propuesta de la Legislatura Provincial para el tratamiento modificación e incorporación del nuevo sistema para infractores.
Por todo lo expuesto solicito a mis pares prestéis aprobación al presente proyecto de Ley.
Firmantes:
⦁ Nicolas, Miguel Osvaldo
⦁ Jaimes, Mauricio Sebastian
⦁ Szpanin, Ariela Yanina
⦁ Gvozdenovich, Matias Pablo
⦁ Saliba, Oscar Elias Mario
⦁ Briner, Carlos Edgardo
⦁ Bria, Jose Alberto
⦁ Molina, Victor Eduardo
⦁ Contrera, Ines Mercedes
